La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a siete meses de prisión a un hombre que acordó con un ganadero de Puente Viesgo la compra de diez novillas, se las llevó y, a cambio, entregó unos pagarés que el ganadero nunca pudo cobrar.
La Audiencia le considera autor de un delito de estafa, con la atenuante de dilaciones indebidas, y le condena además al pago de una indemnización de 4.764 euros, el importe acordado con el ganadero por las diez novillas. La sentencia, dada a conocer este jueves, no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).
Por otro lado, el tribunal ha absuelto a otras tres personas acusadas en este procedimiento. Dos de ellas son hermanos, propietarios de una explotación ganadera de La Rioja, que habían encargado la compra del ganado al condenado y que para ello le entregaron los pagarés. Como solo recibieron dos novillas, no abonaron el precio de la operación.
El tercer absuelto es un hombre que acompañó al condenado en la primera visita que realizó al ganadero y que, una vez que los animales fueron transportados al Mercado Nacional de Torrelavega, recibió del acusado cinco novillas que vendió y que hizo suyo el importe recibido.
No obstante, pese a que los tres han sido absueltos penalmente, la Audiencia les declara responsables civiles a título lucrativo: a los hermanos respecto de 952 euros (el coste de las dos novillas que recibieron), y al tercero, en la suma de 1.500 euros (los que recibió por la venta de cinco reses).
UN PLAN PARA CREAR UNA APARIENCIA DE COMPRA
Según el relato de hechos, el condenado acudió al domicilio de un ganadero de Puente Viesgo a interesarse por la adquisición de varias reses de bovino que éste tenía interés en vender. Tras examinar al ganado, el acusado acordó la compra de diez novillas por 4.764 euros, adquisición que hacía «como intermediario» de los titulares de la citada explotación ganadera de La Rioja.
Al día siguiente, se presentó en la estabulación, cargó los animales en un camión y los trasladó al Mercado de Ganados, entregando al ganadero un documento denominado ‘factura’, que documentaba la adquisición de los animales por parte de uno de los titulares de la citada explotación riojana, así como dos pagarés firmados por el otro hermano.
Una vez en el Mercado de Ganados, el acusado procedió a vender dos novillas por 1.000 euros, al tiempo que entregó seis más a otras dos personas. Una de esas personas recibió cinco reses y las vendió por 1.500 euros, haciendo suyo el dinero percibido.
Finalmente, solo dos de las novillas fueron entregadas a los hermanos titulares de la explotación ganadera para la que el acusado actuaba de intermediario, quienes dieron orden de devolver los pagarés. En consecuencia, el ganadero que pretendía vender sus novillas presentó los pagarés al cobro y estos fueron devueltos impagados. No ha recibido el dinero estipulado por la venta ni ha recuperado los animales.
La Audiencia entiende que el acusado no tuvo nunca intención real ni de abonar el precio pactado al vendedor, ni de que la trasmisión se llevara a efecto en favor de los ganaderos en nombre de quienes actuaba. Por el contrario, señala que su intención era conseguir un desplazamiento patrimonial de dichos animales en su favor y obtener el consiguiente enriquecimiento personal sin contraprestación ninguna por su parte.
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