“Hoy es un día histórico para nuestra democracia y nace un nuevo derecho social, un ingreso mínimo vital. Antes de que nos golpeara la pandemia, éramos el tercer país de Europa en pobreza infantil. La pandemia ha agravado la situación. Aunque el Gobierno ha hecho una movilización de recursos sin precedentes, la situación nos ha llevado a acelerar los tiempos para aprobar el ingreso. Miles de familias españolas no pueden esperar más”, así ha comenzado el vicepresidente de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, acerca del Ingreso Mínimo Vital.
Por su parte la ministra portavoz, María Jesús Montero, previamente afirmaba que “creamos un nuevo derecho de ciudadanía, para que cada persona pueda desarrollar su proyecto vital, poniendo la base para que los niños puedan desarrollar todo su talento. No hay mejor inversión que invertir en nuestra infancia. Esto es lo que llamamos política útil”.
“El ingreso es una prestación de la Seguridad Social, un derecho subjetivo de la ciudadanía. Se garantiza que va a estar disponible para todo aquel que lo necesite. El umbral de renta garantizada será 462 euros al mes para una persona que viva sola y se incrementa en 139 euros al mes por cada persona de la familia”, manifestó Pablo Iglesias.
“Una de las claves de esta prestación es que es compatible con otros ingresos, incluidos los ingresos laborales. Esto permite incluir a hogares con ingresos muy bajos y evita la trampa de la pobreza”, afirmó Pablo Iglesias.
“Establecemos un estímulo específico al empleo«. Si la persona tiene ingresos, recibirá la diferencia entre los ingresos y la renta garantizada que le corresponde. «Así se garantiza que siempre sea conveniente aceptar un empleo”.
REQUISITOS PARA SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL: tener entre 23 y 65 años o desde los 18 años con menores a cargo con al menos 1 año de residencia en España. Se tendrán en cuenta también los ingresos de este año en curso. El límite de patrimonio para recibir la prestación depende del número de personas (14.000 euros para una persona hasta 43.000, restando las deudas y sin tener en cuenta la vivienda habitual.
20200529 Presentación IMV