27/12/2024

nada personal, solo información

Las corporaciones locales ya pueden presentar declaraciones vía telemática

Mecanismo puesto en funcionamiento desde la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, ante la situación extraordinaria generada por la evolución del coronavirus COVID-19 y para dar solución a diversas incidencias que se producían en varios Ayuntamientos, se añadió un nuevo tipo de usuario para el pago y/o presentación telemática: las corporaciones locales.

A la vista de la situación extraordinaria generada por la evolución del coronavirus COVID-19 y para dar solución a diversas incidencias que se producían en varios Ayuntamientos, mediante la Orden HAC/13/2020, de 22 de abril de 2020 se modifica la Orden HAC/10/2008, de 28 de mayo, por la que se establece requisitos de los usuarios y de las entidades colaboradoras de la recaudación prestadoras del servicio de cobro telemático, se añadió un nuevo tipo de usuario para dicho sistema, de pago y/o presentación: las corporaciones locales.

Las corporaciones locales mediante escrito de la persona titular de la Alcaldía o Presidencia, dirigido a la Dirección de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, podrán solicitar el alta de su Corporación como usuarios de la Pasarela de Pagos y Presentación telemática del Gobierno de Cantabria para la presentación tanto individual como en representación de terceras personas.

En la solicitud indicarán el usuario principal, que recaerá sobre alguna de las personas titulares de la Secretaría, Intervención o Tesorería de la Corporación Local en función de la organización, ocupación y dotación de cada Corporación Local y será el responsable de dar de alta al resto de usuarios en la plataforma de pago y presentación del Gobierno de Cantabria, a los efectos de:

  • Realizar el pago y o/presentación de los derechos del Gobierno de Cantabria y otros procedimientos de aplicación de los tributos que sea obligado material o formal dicha Corporación y puedan ser realizados en la citada plataforma.
  • En aquellos procedimientos del Gobierno de Cantabria en los que sea necesario realizar procedimientos de aplicación de los tributos, siempre que la cuota a ingresar sea cero o, de resultar una cantidad a ingresar, el cumplimiento de la obligación material se realice mediante la pasarela de pagos mediante tarjeta de crédito y/o débito, lo funcionarios autorizados podrán llevar a efecto su presentación, previa autorización expresa del obligado tributario al funcionario del Ayuntamiento, que deberá ser custodiada por la Corporación Local  

Las corporaciones locales para cualquier consulta tanto relativa al trámite de solicitud como al posterior pago y/o presentación pueden dirigirse a la ACAT a la siguiente dirección de correo electrónico actributaria@cantabria.es, así como a los teléfonos de atención al público habituales, 942 20 85 07 y 942 20 75 73. 

Por favor, para asistencia en el pago y/o presentación, es preferible que manden correo electrónico indicando su nombre, teléfono y corporación para que un funcionario especializado se ponga en contacto a la mayor brevedad.

Por último, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria afirma que «desde el Servicio de Tributos les agradecemos enormemente su colaboración, para intentar que la tramitación de cualquier procedimiento sea en la medida de lo posible telemática, lo que redunda en una disminución del riesgo de salud al que se ven sometidos tanto los ciudadanos como los funcionarios del Servicio. 

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