Tras la publicación de la nueva ley de teletrabajo, en caso de que ya tuvieras personal en esta modalidad de trabajo habría que firmar un acuerdo específico en el que entre otras cosas deben enumerarse los gastos que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia, así como la forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente debe abonar la empresa y momento y forma para realizar la misma, entre otros aspectos.
Si es tu caso puedes contactar con nosotros para regularizarlo.