27/11/2024

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Fin al Estado de Alarma: Hay apertura perimetral y de movimiento, pero cierre de negocios, 22.30 h.

Cantabria, como el resto del país ha iniciado la vida sin el estado de alarma, una nueva etapa que la comunidad afronta abierta –esto es sin cierre perimetral– y sin el toque de queda aunque se mantienen cerrados los interiores de los locales de hostelería y la limitación de horarios de los establecimientos, así como límites de aforos en diversos ámbitos.

En la comunidad, las 22.30 será, por ahora, la hora límite de cierre para todos los negocios a excepción de centros, servicios y establecimientos sanitarios; oficinas de farmacia; servicios de urgencia de centros de atención veterinaria; centros residenciales de servicios sociales y gasolineras o estaciones de servicio.

Así, los establecimientos obligados a cerrar como máximo a las 22.30 no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 22.00 horas, según recoge la resolución de la Consejería de Sanidad, que entró en vigor a las 00.00 horas del viernes, 7 de mayo, y no tiene fecha de finalización.

El Gobierno regional está elaborando un nuevo modelo de actuación frente al Covid-19 para la Cantabria post-estado de alarma que estará centrado en el control de la evolución de cada municipio para adoptar medidas concretas en cada caso, según avanzó esta semana el vicepresidente regional, Pablo Zuloaga.

Está previsto que este lunes, 10 de mayo, a las 10.45 horas, el presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla; el vicepresidente Zuloaga, y el consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, informen, en una rueda de prensa en el Gobierno de las medidas frente a la pandemia tras el estado de alarma.

Zuloaga afirmó esta semana que este modelo estará publicado antes del 11 de mayo y sustituirá al decreto vigente hasta entonces, que incluye el cierre de algunas actividades como hostelería o deporte en interiores, que en municipios con baja inicidencia podrían retomarse a partir de esa fecha. El nuevo modelo supondrá «ampliar el zoom» sobre cada municipio con el objetivo de evitar llegar al cierre perimetral de los mismos implantando, en caso necesario, medidas de reducción de la movilidad.

Zuloaga explicó que se trata de un «modelo diferente» del actual, que ya aplican otras comunidades, con la mirada puesta, no en la globalidad de la comunidad autónoma, sino en cada uno de los municipios, de forma que se establezcan umbrales en función de la evolución de los diferentes parámetros del Covid, como la incidencia acumulada, la positividad, etcétera, para, en cada caso, y también en función del tamaño –«habrá diferencias» en este sentido–, permitir el desarrollo de actividades, tanto en interior como en exterior.

El nuevo modelo fijará las limitaciones en la movilidad en los municipios en función de la incidencia y otros parámetros y teniendo en cuenta la capacidad hospitalaria, «que imperará en todo momento», según Zuloaga. De este modo, en función de las ratios que se fijen para pasar de un umbral a otro, habrá municipios que puedan tener actividades abiertas en interior y exterior; otros que al superar un umbral intermedio tendrán que cerrar su actividad en el interior manteniéndola en el exterior; y otros que, habiendo rebasado el umbral superior, tendrán que tener completamente cerrada su actividad interior y exterior.

El cierre de municipios, como se hizo en etapas previas en Cantabria en Santoña, Colindres o en barrios como La Inmobiliaria, es una potestad de la Dirección General de Salud Pública, si bien el modelo pretende evitar llegar a ello marcando umbrales que limitan la movilidad antes de llegar «al último recurso que es limitar la movilidad de un municipio, de un barrio o de un bloque de pisos».

EL FIN DEL SEGUNDO ESTADO DE ALARMA SEIS MESES DESPUÉS

A las 00.00 horas de este domingo ha decaído el segundo estado de alarma que el Gobierno decretó hace seis meses. Con su finalización, se abre nueva fase de la lucha contra la pandemia, que deja la gestión de las medidas en manos de las comunidades autónomas y de los tribunales, y supone el inicio de un conflicto por la restricción de derechos fundamentales.

Desde que estalló la crisis del coronavirus en marzo de 2020, España ha vivido bajo la vigencia de este instrumento excepcional casi diez meses –la comunidad de Madrid un poco más–. Ahora, la posible injerencia de las comunidades autónomas en los derechos fundamentales, si mantienen medidas como los cierres perimetrales o toques de queda, será el gran caballo de batalla, ya que tendrán que ser refrendadas por los tribunales.

El primer episodio no se ha hecho esperar: el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dictaminó este viernes que no pueden mantenerse los confinamientos autonómicos o municipales, el toque de queda nocturno ni el límite de agrupaciones de cuatro personas después del fin del estado de alarma al considerar que afecta a derechos fundamentales garantizados en la Constitución.

A pesar de las críticas de la oposición y de varios ejecutivos autonómicos, el Gobierno ha decidido prescindir de este instrumento, que decretó por segunda vez en octubre de 2020, con la segunda ola del coronavirus. Según argumentan en Moncloa, las CCAA tienen suficientes instrumentos jurídicos para hacer frente a la pandemia en esta fase, en la que la vacunación va en aumento y la incidencia, en descenso. Y ahora, una vez decaiga dentro de unas horas el estado de alarma, las decisiones que adopten las CCAA sobre restricción de los derechos fundamentales deberán ser ratificadas o no por los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas.

Para evitar disparidad de criterios que ya se produjo el verano pasado tras el fin del primer estado de alarma, el Ejecutivo ha aprobado un decreto creando un recurso de casación ‘expres’ para que el Tribunal Supremo unifique doctrina. No obstante, el propio TS ha advertido de que puede que «eso no ocurra» y ha cuestionado esta norma, por insuficiencia en el rango.

El primer real decreto de estado de alarma se aprobó el 14 de marzo de 2020. A este le siguieron 6 prórrogas, una cada quince días: 27 de marzo, 10 de abril, 24 de abril, 8 de mayo y 5 de junio. Y cada una de ellas salió adelante en el Parlamento con menor apoyo que la anterior.

El 21 de junio finalizaba la última prórroga pero la controversia entre las medidas que adoptaban las CCAA y los recursos que comenzaron a producirse ante los tribunales obligó de nuevo al Gobierno a aprobar un decreto de alarma que diera cobertura a las medidas autonómicas.

El 9 de octubre lo hizo para la Comunidad de Madrid y el 25 de ese mismo mes, para todas las comunidades autónomas. Se prorrogó el 3 de noviembre por 6 meses y esta última prórroga es la que concluye este domingo.

El estado de alarma ha dado cobertura durante estos casi 10 meses –9 meses y 21 días para toda España y 10 meses y 6 días para la Comunidad de Madrid– a todas las medidas que han adoptado las autonomías y que afectaban a los derechos fundamentales, como el toque de queda, los confinamientos o los cierres perimetrales de las regiones. Esa fue precisamente la justificación del Gobierno para volver a recurrir a él en otoño. Con la conclusión del estado de alarma, la mayoría de las comunidades han optado por poner fin al toque de queda y al cierre perimetral al acabar el estado de alarma.

En este contexto, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, dictó este jueves una Instrucción dirigida a agilizar la respuesta procesal de la Fiscalía en relación con el levantamiento del estado de alarma y en la que se establecen pautas para que los fiscales puedan unificar la respuesta procesal inmediata ante el nuevo escenario de recursos que contempla el texto normativo.

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