24/11/2024

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Dos sentencias apoyan la relación laboral del trabajador como indefinida

Sentencias que apoyan la relación laboral del trabajador como indefinida / Trabajadores Unidos cuenta con dos nuevas sentencias recientes en las que se declara la relación del trabajador como indefinida no fija y además se reconocen indemnizaciones a los dos trabajadores recurrentes.

Contra ambas sentencias que aún no son firmes, cabe recurso por parte del Gobierno de Cantabria. Las dos sentencias se suman a la innumerable lista de sentencias de indemnización y reconocimiento de relación indefinida no fija, ganadas por trabajadores del Gobierno de Cantabria, y en gran parte a instancias de asesorías jurídicas vinculadas o remitidas por la organización sindical Trabajadores Unidos.

En este caso es el gabinete jurídico de Maria Luisa Holanda Obregón quien se ha encargado de la defensa jurídica de los afectados, ambos trabajadores que prestaban servicio en el ICASS (Instituto Cántabro de Servicios Sociales) y cuyos fallos adjuntamos en la presente información.

FALLO 1

Estimo parcialmente la demanda formulada por XXX frente al GOBIERNO DE CANTABRIA y, en consecuencia, debo declarar y declaro la naturaleza indefinida no fija de la relación laboral existente entre las partes desde el 2 de septiembre de 2009, la procedencia del cese del actor, de fecha 6 de julio de 2022 y la condena a la parte demandada a abonar al actor, en concepto de indemnización, la cantidad de 33.265,19 €. Notífiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

FALLO 2

Y en consecuencia,

1. Se declara que la relación laboral que une a XXX con el Gobierno de Cantabria es una relación laboral indefinida no fija.

2. Se declara procedente la extinción en fecha 26 de julio de 2022 de la relación laboral por cobertura de vacante, si bien con la obligación de las demandadas de indemnizar a la actora en la cantidad 9.425,10 €.

ENLACE DE LAS SENTENCIAS

 https://drive.google.com/file/d/1Grtd3QIJas2X_rwwWJqxfZGY7OgARF1r/view

 https://drive.google.com/file/d/11eDRUKOMhwvqHHasadxnVWwQOO5sXMNB/view

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