Cuando su empresa es contratada por un particular para prestar un servicio, seguramente realiza una propuesta o formaliza algún tipo de contrato incluyendo el precio o los honorarios correspondientes. Pues bien, puede suceder que, por olvido o por exceso de confianza con el cliente, no especifique que dichos honorarios se incrementarán con el correspondiente 21% de IVA. Esa omisión puede salirle cara. La normativa protege a los consumidores, y obliga a las empresas a informarles de manera clara y comprensible del precio total del servicio, incluidos los impuestos. Por tanto, en caso de discrepancia, el IVA se considerará incluido en el precio, y se deberá detraer de los honorarios el 21% e ingresarlo en Hacienda.