26/11/2024

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David Guetta, de’l One World Together At Home’, a la sentencia fortuita en Santander

Desde Lady GagaMalumaCamila CabelloBillie Eilish y Elton John, hasta leyendas como Paul McCartney y Rolling Stones. Más de 115 famosos de todo el mundo se unieron para el festival virtual de música más grande de toda la historia. “One World Together At Home”, organizado por Lady Gaga y la Organización Mundial de la Salud (OMS) se realizó para recaudar fondos y concientizar al público general sobre la lucha contra la pandemia del coronavirus.

SENTENCIA SANTANDER

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander ha declarado fortuito el concurso de acreedores de la empresa cántabra Delfuego Booking, promotora junto a la madrileña Heart Of Gold del fallido concierto de David Guetta en julio de 2018 en Santander, al que asistían unas 10.000 personas y que fue cancelado prácticamente en el mismo momento en el que el DJ francés debería haber hecho su aparición en el escenario.

La declaración de concurso fortuito exime a los administradores de la empresa de responsabilidad frente a los acreedores, de forma que no tendrán que hacer frente al déficit concursal que resulte tras la liquidación.

Alrededor de 7.500 personas están reconocidas como acreedores por la compra de entradas para aquel concierto, por un importe de unos 550.000 euros, según ha señalado el abogado de Delfuego, Vicente González.

El letrado sostiene que es difícil calcular cuándo podrán los afectados recuperar parte del importe de las entradas, ya que los plazos se van a demorar tanto por el reciente recurso de Guetta contra la sentencia que anuló el arbitraje internacional como por los efectos de la declaración del estado de alarma por la epidemia de coronavirus.

CONCURSO FORTUITO Y ARCHIVO

El juez de lo Mercantil, Carlos Martínez de Marigorta, declara fortuito el concurso y ordena el archivo del procedimiento en un auto fechado el pasado 13 de marzo al que ha tenido acceso Europa Press, y contra el que no cabe recurso.

El auto, de apenas una página, señala únicamente que tanto la administración concursal como la Fiscalía han calificado como fortuito el concurso. En estos casos de coincidencia en la calificación de fortuito, la Ley Concursal dispone que el juez, «sin más trámites, ordenará el archivo de las actuaciones mediante auto contra el que no cabe recurso alguno».

El abogado de Delfuego Booking considera que la declaración de concurso fortuito refleja que los administradores de la empresa –que se encuentra en fase de liquidación–, actuaron con «una ortodoxia mercantil impecable», acudiendo de forma temprana al concurso, y que no se ha podido deducir «ni la más mínima mácula en su gestión ni ningún tipo de irregularidad».

Tras el fallido concierto de Guetta, la empresa solicitó concurso voluntario por «insolvencia súbita e inesperada» provocada por el «incumplimiento grosero y grave» del dj y falta de liquidez para atender un reembolso de entradas «tan masivo y cuantitativamente importante».

La empresa, que a su vez era concesionaria de la sala municipal Escenario Santander, defendió que solicitar la declaración del concurso de acreedores voluntario era una decisión «responsable» que redundaría «en beneficio» de los afectados por el «no concierto», ya que garantiza que la devolución de las entradas se haga «en el marco del concurso, de forma igual y ordenada y siguiendo las prescripciones de la administración concursal.

El socio de Del Fuego Booking en la UTE (unión temporal de empresas) La Campa, Heart of Gold, también presentó concurso voluntario y solicitó la liquidación.

EN LIQUIDACIÓN

En octubre de 2019, el Juzgado de lo Mercantil aprobó el plan de liquidación presentado por el administrador concursal de Delfuego Booking, el abogado Calixto Alonso del Pozo, quien sostiene que la incomparecencia del Dj francés David Guetta el 28 de julio de 2018 en Santander llevó a la empresa organizadora a una situación de «insolvencia irreversible».

Guetta alegó problemas técnicos en el avión privado que le debía trasladar desde Moscú a Santander esa misma noche. Lo hizo a través de un video proyectado ante los cerca de 10.000 asistentes al concierto.

Según Del Fuego, el artista no ha devuelto aún 321.000 euros del total de la deuda económica, que cifra en 525.000 euros y de los que 250.000 euros corresponderían al caché, habiendo reembolsado el artista únicamente 204.000 euros.

Por su parte, Guetta lo negó públicamente y aseguró que «no es verdad» que no haya devuelto el dinero, algo que además consideró «ridículo» porque ofrece entre 100 y 150 shows al año y no necesita quedarse con ese dinero. Además, afirmó que no tenía «problema en ir a los tribunales» para solucionar esta situación.

El caso llegó incluso a la vía penal cuando un millar de afectados por la no celebración del concierto de David Guetta en Santander se unieron para presentar una querella contra las dos empresas de la UTE La Campa por supuestos delitos de estafa, apropiación indebida e insolvencia punible. El intento no prosperó ya que la admisión a trámite fue rechazada por el juzgado de instrucción, inadmisión que después ratificó la Audiencia provincial.

ARBITRAJE INTERNACIONAL

Paralelamente, el Juzgado de lo Mercantil anuló la cláusula del contrato entre Del Fuego Booking y el dj que establecía que el arbitraje por la incomparecencia del artista en esta actuación se tenía que celebrar en Londres, lo que supondría que Guetta tenga que someterse a juicio en Santander. En todo caso, la empresa espera que «no haya que llegar a ese punto y que puedan llegar a un acuerdo extrajudicial».

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil no es firme ya que ha sido recurrida por el dj francés en apelación ante la Audiencia provincial de Cantabria, que tiene ahora la última palabra.

El juzgado estimó la petición de Del Fuego Booking de anular dicha cláusula del contrato al entender que un arbitraje internacional generaría «perjuicio» para la tramitación del concurso «al punto de convertirlo en inútil».

El juez considera que «el perjuicio es evidente desde el momento en que la posibilidad de que los múltiples acreedores» de la concursada –esto es las miles de personas que compraron la entrada para el concierto– «pudieran llegar a algún tipo de recuperación de sus créditos en el concurso pasa por el éxito –por lo tanto por la posibilidad– de la reclamación de la promotora concursada frente al artista francés, presuntamente responsable del incumplimiento contractual».

Además, se señala que el arbitraje internacional supone una «dilación temporal importante» y unos «elevados costes inasumibles para un concurso sin tesorería y sin apenas masa activa».

El abogado de Del Fuego explica que la fase de liquidación de la empresa está prácticamente concluida, y cuando finalice la venta de los bienes se procederá al pago a los acreedores, siguiendo las reglas de orden y prelación de la normativa concursal.

El letrado sostiene que es difícil calcular cuándo podrán los afectados recuperar parte del importe de las entradas, ya que los plazos se van a demorar tanto por el recurso de Guetta como por los efectos de la declaración del estado de alarma por la epidemia de coronavirus.

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