La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado la demanda presentada por FeSMC-UGT contra Telepizza y ha anulado el plan de la compañía de obligar a los repartidores a aportar su propio teléfono móvil para que los clientes puedan realizar un seguimiento de los pedidos.
El denominado ‘Proyecto Trucker‘ de la compañía consistía en instalar en el móvil del repartidor una aplicación digital de Telepizza, que permitía activar un sistema de geolocalización del teléfono para que el cliente pudiera conocer la situación de su pedido durante el reparto de las pizzas encargadas para su entrega a domicilio.
Según el sindicato, la sentencia no solamente es muy importante para las personas que trabajan en Telepizza, sino para el conjunto de los trabajadores, al considerar que este tipo de iniciativas vulnera la normativa de protección de datos de carácter personal.
Asimismo, desde el sindicato consideran que el objetivo que persigue Telepizza a través de la instalación de la aplicación digital en los móviles de los trabajadores para el seguimiento de los pedidos por los clientes puede llevarse a cabo a través de otros sistemas de geolocalización instalados en las motocicletas, que son propiedad de la empresa.
De esta forma, los trabajadores no tendrán que aportar medios propios y datos de carácter personal como su número de teléfono o la dirección de correo electrónico para recibir el código de descarga de la aplicación informática que activa el sistema.
«Se trata de un gran logro en la defensa de los derechos de protección de datos de los trabajadores, que pone coto a pretensiones de abuso de las nuevas tecnologías por parte de las empresas», ha indicado el sindicato.