24/11/2024

nada personal, solo información

Lunes 2 de enero: Abierto el plazo de ayudas. Cinco millones para el fomento a la inversión y 450.000 euros a microempresas

La Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio ha publicado en el BOC (Boletín Oficial de Cantabria) las respectivas órdenes y extractos de las convocatorias de subvenciones para el crecimiento industrial, a los que destinará 5,4 millones de euros. Para la línea de ayudas a las microempresas industriales de la cuenca del Besaya y Cantabria (CRECE 1) se destinarán 450.000 euros, mientras que para el apoyo a la inversión de la industria de Cantabria (CRECE 2), la Consejería ha reservado 5 millones de euros. Las solicitudes de ambas líneas de ayudas podrán presentarse a partir de hoy, 2 de enero.

Según ha señalado el consejero, Javier López Marcano, con estas ayudas el Gobierno de Cantabria pretende apoyar actuaciones en el sector industrial para incrementar la productividad y la competitividad de las empresas mediante diversos proyectos de inversión. Marcano se ha referido a la importancia de estas ayudas que suponen “un claro avance para la competitividad de las empresas que a pesar de los inconvenientes han dado muestra del dinamismo, empuje y planes de expansión”. Las subvenciones de CRECE 1 están dirigidas a microempresas, con menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual no supere los 2 millones de euros. Los proyectos para incentivar se refieren a la inversión en bienes de equipo, máquinas, herramientas, instalaciones y servicios auxiliares, informática («software» y «hardware») y comunicaciones, elementos de transporte interior y vehículos especiales de transporte exterior. El importe de la subvención será igual al 30 por ciento del importe de la inversión subvencionada y el plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 2 de enero de 2023 hasta el día 30 de junio de 2023, ambos inclusive.

Con respecto a las subvenciones para el fomento y apoyo a la inversión de la industria de Cantabria (CRECE 2), los beneficiarios son las empresas que ejerzan en Cantabria alguna de las actividades económicas en el sector industrial, de servicios de apoyo a la industria, de sectores contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación 2020 para la Especialización Inteligente de Cantabria (iCan 2020) y otras actividades industriales y servicios de apoyo a la industria incluidos en el artículo 2 de las bases reguladoras. También tienen que estar dadas de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social y dispongan de las autorizaciones que la normativa nacional y comunitaria les exija para su actividad industrial. Además, podrán ser beneficiarias las fundaciones, siempre que realicen una actividad mercantil en las condiciones exigidas para las empresas.
El objetivo de estas ayudas, según ha comentado el consejero de Industria, Javier López Marcano, es apoyar la realización de actuaciones en el sector industrial encaminadas a incrementar la productividad y la competitividad de las empresas mediante proyectos de inversión que contemplen la adquisición de nuevos activos materiales, inmateriales o la utilización de servicios externos de consultoría.

El importe máximo de la convocatoria será de 5 millones de euros condicionado a la existencia de crédito, y las subvenciones podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) con una tasa de cofinanciación del 60 por ciento dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de Cantabria. Los porcentajes máximos para los costes no superarán las siguientes intensidades de máximas de ayuda: Para los costes en activos materiales e inmateriales de las grandes empresas, un 15 por ciento; para las medianas empresas, un 25 por ciento; y para la pequeña empresa, un 35 por ciento. Con respecto a los servicios de consultoría el porcentaje se eleva a un 50 por ciento tanto en la pequeña como en la mediana empresa.

Concurrencia competitiva

En la concesión de las ayudas, que se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con criterios determinados de ponderación, se tendrán en cuenta factores como la creación de puestos de trabajo, el volumen de la inversión, o la actividad que desarrolle la empresa, en cuyo apartado se valorarán sectores prioritarios y de ámbitos tecnológicos. También tendrán ventaja las características de los costes subvencionables y la localización de las empresas. En este sentido se beneficiarán aquéllas que se ubiquen en los municipios de Cartes, Castro Urdiales, Los Corrales de Buelna, Miengo, Polanco, Reocín, San Felices de Buelna, Santillana, Suances, Torrelavega, Campoo de Yuso, Hermandad de Campoo de Suso, Campoo de Enmedio, Las Rozas de Valdearroyo, Pesquera, Reinosa, San Miguel de Aguayo, Santiurde de Reinosa, Val de San Vicente, Valdeolea, Valdeprado del Río y Valderredible Las subvenciones en costes de activos materiales e inmateriales serán como máximo de un 10 por ciento para la gran empresa, de un 20 por ciento para la mediana y de un 30 por ciento para la pequeña. Con respecto a los servicios de consultoría, la pequeña y mediana empresa podría alcanzar el 50 por ciento.

López Marcano ha recordado que la subvención debe tener efecto incentivador, por lo que todas las inversiones, excepto los terrenos, deberán iniciarse con posterioridad a la presentación de una solicitud. La adquisición de terrenos no se considera inicio de las inversiones. El plazo de ejecución del proyecto de inversión será el comprendido entre la fecha de inicio de las inversiones y el 31 de marzo de 2024, ambas inclusive, excepto los terrenos que se podrán adquirir desde el 2 de enero de 2023. En consecuencia, los costes de inversión que sean subvencionados deberán estar facturados y pagados íntegramente dentro de este plazo de ejecución.

El consejero ha detallado que los proyectos de inversión tendrán un coste subvencionable total máximo de 1.500.000 euros y se establecen como importes mínimos por capítulo de coste de inversión subvencionable los siguientes: Activos materiales, 50.000 euros; activos inmateriales, 10.000 euros y consultoría, 10.000 euros. Para los activos materiales se aplicarán los siguientes costes de inversión subvencionables máximos, en el caso que el importe solicitado de la inversión en el activo supere estos valores en terrenos: 130 euro/metro cuadrado; urbanización: 45 euros/metro cuadrado; obra civil, si su altura del edificio es menor a 11 metros: 500 euro/metro cuadrado y si su altura es igual o mayor a 11 metros: 550 euros/metro cuadrado. El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones de CRECE 2 estará abierto desde el 2 de enero de 2023 hasta el día 31 de marzo de 2023, ambos inclusive.

Scroll al inicio