La Audiencia Nacional ha anulado el otorgamiento de cuatro recompensas a mandos policiales jubilados al entender que la Dirección General incumplió la resolución que establece los criterios y el procedimiento a seguir por no dar a los sindicatos la oportunidad de alegar. La Administración, además, tendrá que correr con las costas del proceso.
El Juzgado Central Contencioso-Administrativo 11 estima los recursos presentados por la Unión Federal de Policía (UFP), la Confederación Española de Policía (CEP) y Justicia Policial (Jupol) -tres de las cinco organizaciones representativas en el Cuerpo Nacional- y declara nulas las órdenes por las que el ministro del Interior concedió el pasado 16 de septiembre las medallas de plata a los comisarios principales Héctor Moreno y Francisco Rodríguez López y a los comisarios Francisco Javier Migueláñez y José María Moreno. Esa distinción acarrea un incremento vitalicio de la pensión equivalente al 15 % del sueldo del que disfrutaban en activo (222,58 euros más al mes y 8,63 euros por trienio).
En la sentencia que el Juzgado Central Contencioso-Administrativo 11 acaba de notificar, la controversia giraba en torno a si la Dirección General de la Policía había observado la resolución que establece los criterios y el procedimiento a seguir a la hora de otorgar las condecoraciones. Dicha disposición se dictó el 11 de mayo de 2012, durante la etapa de Ignacio Cosidó como máximo responsable del Cuerpo Nacional.
Entre otras disposiciones, dicha instrucción prevé la intervención de los sindicatos en dos fases concretas del procedimiento. Así, una vez elaboradas las propuestas disponen de un plazo para formular alegaciones y, cuando se adopta la decisión de tramitar las propuestas, se les da la posibilidad de elevar sus proposiciones al Consejo de Policía antes de que éstas sean firmes y se publiquen en la orden general.
Ese trámite se ha incumplido en el procedimiento que desembocó en el otorgamiento de las medallas a Héctor Moreno, Francisco Rodríguez López, Francisco Javier Migueláñez y José María Moreno, como denunciaba la CEP en su recurso y como ha reconocido la propia Dirección General durante la tramitación de este pleito: la Policía ha admitido que convocó a los representantes sindicales por videoconferencia en una concesión inmediatamente anterior pero que omitió hacerlo en la impugnada con el argumento de que dos de los reconocidos se encontraban ya jubilados.
El juez no ha estimado ni esa justificación ni la razón esgrimida por la Abogacía del Estado -personada en el procedimiento en nombre del Ministerio del Interior- cuando alegó acerca de que por qué no se había respetado esa exigencia. Los servicios jurídicos invocaron que la Ley sobre condecoraciones policiales no contemplaba la intervención de los sindicatos y que se habría aplicado exclusivamente aquella norma, que data de 1964. «Debe considerarse que aquella ley es preconstitucional y que la propia Dirección General de Policía, consciente de esta deficiencia, aprobó para subsanarla la resolución de 11 de mayo de 2012, como en su propia motivación expresa», recuerda la sentencia.
De esta forma, el magistrado Francisco Javier González Gragera considera que se ha cometido un «vicio formal» por no concederles audiencia preceptiva a las organizaciones sindicales, por lo que se les hurtó el derecho de presentar alegaciones a las propuestas que había formulado el Consejo de Policía y que posteriormente el ministro Grande-Marlaska validó.
Los sindicatos dicen que el fallo confirma la «discrecionalidad» de Interior y piden que se elabore una nueva normativa «objetiva» y «transparente»
Los sindicatos CEP y Jupol han mostrado su satisfacción con la sentencia en la que la Audiencia Nacional anula la concesión de medallas pensionadas a cuatro mandos policiales ya jubilados el pasado año con las que el Ministerio del Interior quiso reconocer su trayectoria profesional.
«Esta sentencia respalda de nuevo lo que CEP defiende desde hace tiempo: hay que terminar con un sistema de concesión de medallas pensionadas, las rojas o las de plata, a mandos que se jubilan por el solo hecho de dejar la vida activa. Eso es insulto para todos los compañeros que arriesgan la vida con frecuencia en su trabajo en seguridad ciudadana, policía judicial, información o extranjería y fronteras», opina el secretario general de la CEP, Víctor M. Vigil. Y añade: «Esta nueva decisión judicial pone sobre la mesa la necesidad de elaborar una normativa moderna, objetiva y transparente de concesión de medallas, que sustituya a la Ley de hace 58 años y ponga fin a estos casos de recompensa profesional que causan tanta polémica en el Cuerpo».
Para el secretario general de Jupol, Aarón Rivero, el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 11 de la Audiencia Nacional «confirma discrecionalidad de la Dirección General de la Policía en la concesión de estos reconocimientos y da fuerzas a Jupol para seguir vigilantes ante cualquier injusticia que se produzca en el seno» del Cuerpo. «Ya en 2019 conseguimos que no se otorgara ninguna medalla con distintivo rojo a la Escala Superior y seguimos peleando contra la concesión de medallas a personas que no cumplan los requisitos para las mismas».
La Unión Federal de Policía (UFP), la organización que formuló el primer recurso y que ya el pasado año ganó otro pleito similar, ha declinado valorar la sentencia judicial.
Fuente: elindependiente.com Imagen: Mayo de 2019.