La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que ha sido notificada a la Asociación de Hostelería de Cantabria esta mañana, declara la nulidad de la Resolución de fecha 15 de agosto de 2020 por la que “Se suspende la apertura al público de las discotecas y salas de fiestas, bares especiales, pubs y whiskerías.».
Los fundamentos parten de la reciente Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional estableciendo la protección del derecho a la libre empresa a la que se constriñe sustancialmente con las medidas adoptadas y por otra que el régimen de delegación de atribuciones para dictar normas restrictivas de este derecho, no alcanza a las facultades o competencias de un Consejero de una Comunidad Autónoma.
Es por ello que son nulas todas las resoluciones dictadas, las cuales se adoptaron en base a una delegación de facultades contraria a la Ley.
“Una muy buena noticia y de gran importancia ya que todas las resoluciones firmadas por el Consejero de Sanidad serían nulas” afirma el Presidente de la AEHC, Ángel Cuevas. Se trata de “la primera resolución que recibimos en firme y que entendemos sentará jurisprudencia para el resto de procedimientos que seguimos teniendo abiertos y también caerán a nuestro favor”
Por su parte, Ángel Suarez, miembro de la Junta Directiva de la AEHC, entiende que “es una noticia trascendental que abre la puerta a una cascada de demandas patrimoniales contra el Gobierno de Cantabria por los cierres sufridos durante los últimos meses y que además por fin nos da una perspectiva de futuro sin restricciones”.