2021-4197
«Deberán cerrarse no más tarde de las 22:30 horas los establecimientos abiertos al público contemplados en la presente Resolución, con excepción de: a) Centros, servicios y establecimientos sanitarios. / b) Oficinas de farmacia. / c) Servicios de urgencia de centros de atención veterinaria. d) Centros residenciales de servicios sociales. / e) Gasolineras o estaciones de servicio», así lo dictamina la resolución que surte efectos desde las 00.00 horas del día 7 de mayo de 2021.
El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado en la tarde de este jueves 6 de mayo las nuevas medidas retrictivas que entran en vigor desde las 00.00 h. del viernes día 7 de mayor por el Covid 19.