El consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez (PSOE), ha reconocido que el nuevo auto del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que mantiene el cierre del interior de la hostelería de la comunidad le da «tranquilidad» y ha subrayado los fundamentos «muy sólidos» en los que se basa, poniendo «el derecho a la vida y a la salud por encima de cualquier otra cuestión».
Así ha valorado este jueves Rodríguez, a preguntas de la prensa el auto de este jueves de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC que desestima la quinta denuncia de la Asociación de Hostelería de Cantabria contra el Gobierno por las restricciones al sector, concretamente la que mantiene el cierre del interior de los locales, en vigor desde noviembre, para frenar los contagios de coronavirus.
El consejero ha afirmado que aunque su departamento «no tenía dudas» sobre en qué línea podría ir el tribunal dado que, según ha recordado, es la quinta vez que se pronuncia en este sentido, en línea además con lo dictado por los de otras comunidades, como Navarra o Comunidad Valenciana, de respetar las decisiones de las autoridades sanitarias, sí ha reconocido cierta «tranquilidad» porque «siempre hay pronunciamientos judiciales que pueden sorprender».
Rodríguez ha destacado que la resolución hace una referencia «muy buena» a la Ley de Salud Pública, que, según ha explicado, apunta que «aunque no haya una evidencia, absolutamente cierta, si hay algo de evidencia de que algo puede perjudicar la salud, se pueden tomar las medidas que se consideren necesarias para proteger la salud de los ciudadanos». «En ese sentido pues agradecemos el pronunciamiento en este sentido del TSJC», ha apuntado.
También cuestionado por los medios de comunicación el consejero ha afirmado que le «encantaría» que la prórroga del cierre del interior de la hostelería que se adoptó la semana pasada «fuese la última», aunque ha precisado que el compromiso de su departamento es revisar la medida cuando la comunidad alcance el nivel de alerta dos (ahora está en el 3).
«En el momento en que se alcance ese nivel de alerta 2 y se consolide estaremos dispuestos a hacer la apertura del interior de la hostelería en el porcentaje de ocupación que establezca la Dirección General de Salud Pública», ha afirmado el consejero.
EL AUTO
En el auto dictado este jueves por el TSJC se desestima la medida cautelar solicitada por los hosteleros de suspender el cierre del interior de la hostelería al entender que las restricciones adoptadas por el Gobierno regional están justificadas por la situación sanitaria por el coronavirus.
En la resolución, la quinta en la que el TSJC da la razón al Gobierno regional, se indica que «en este contexto de pandemia y considerando el potencial expansivo y el grado de letalidad del virus, el principio de precaución despliega toda su virtualidad, de tal manera que hay que contar con cualquier instrumento que sea razonablemente útil y, obviamente, no perjudique la salud que se trata de preservar».
Continúa la Sala afirmando que «la medida impugnada se presenta, a efectos del control propio del incidente cautelar, como razonable», según se ha visto en la motivación de la misma.
«Dada la prevalencia jurídica del derecho a la salud y a la vida (amenazado no solo por la letalidad de la propia enfermedad sino también por el cosible colapso del sistema de sanidad pública), basta con relacionar la medida impugnada, en términos de razonabilidad e idoneidad, con la contención del avance de la pandemia para concluir que la suspensión de la ejecutividad del acto impugnado pondría en riesgo dichos derechechos», apunta la Sala.
Además, en el auto se alude a la reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de permitir la apertura de estos establecimientos que se encontraban en ‘zona roja’ por alta incidencia de Covid-19 .
Respecto a esa cuestión, se sostiene que «la situación de Cantabria no puede parangonarse con la del País Vasco«, en cuanto a que en Cantabria las zonas interiores de los establecimientos «llevan un largo periodo cerradas», pero no las terrazas de los mismos, «y no se obtiene de ninguna manera la conclusión» a la que llega la Sala vasca de que «la apertura de establecimientos no fuese causa del aumento de contagios».