El Gobierno de Cantabria ha publicado la nueva normativa que entra en virgor a las 00.00 h. del domingo 26 de julio. Reuniones de un máximo de 15 personas, registro en algunos establecimientos y cierre del ocio nocturno de toda Cantabria a las 02.00 h. no pudiendo en ningún caso admitirse nuevos clientes a partir de las 01.30 horas.
1.- Los grupos, con las excepciones que para determinadas actividades se recogen en esta Resolución, deberán ser de un máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes.
2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en su normativa sectorial, los titulares de hoteles y alo-jamientos turísticos, peluquerías, centros de belleza, gabinetes de estética, salones de mani-cura, pedicura y depilación, saunas y gimnasios deberán contar con un registro de las personas que accedan al establecimiento correspondiente en el que se recoja fecha y hora del acceso, nombre y apellidos y número de teléfono de contacto. La recogida de tales datos requerirá el consentimiento del interesado, sin perjuicio de condicionar el derecho de admisión por razones de salud pública en caso de no poder contar con el mismo.
3.- El cierre de discotecas y salas de fiesta, así como de cafeterías, restaurantes, bares y demás establecimientos en los que se desarrollen actividades de hostelería y restauración, deberá efectuarse no más tarde de las 02:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitirse nuevos clientes a partir de las 01.30 horas. Ello se entiende sin perjuicio de la aplicación del horario máximo que tuvieran previamente autorizado en caso de que éste estableciese una hora de cierre anterior»
La presente Resolución surtirá efectos a las 00.00 horas del día 26 de julio de 2020.
BOC-EXT-59