26/11/2024

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Las deudas con Hacienda inferiores a tres, quedan anuladas

Las deudas con la Hacienda Pública inferiores a tres euros a 1 de marzo de 2019 quedarán anuladas y dadas de baja de contabilidad, según una resolución conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Abencia Tributaria, publicada este martes 13 de agosto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En la citada resolución, que entra en vigor mañana, se acuerda la anulación y se dan de baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones en las que resulte una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros respecto de las que no se va a continuar la gestión recaudatoria por motivos «estrictamente económicos», dado que su cuantía resulta «insuficiente» para la cobertura del coste que representa su recaudación.

Según la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria, la finalidad no es otra que evitar actuaciones recaudatorias que presupongan un «nulo provecho» para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines encomendados a la Administración Pública.

«Este es el caso de las liquidaciones cuya exacción genera unos costes superiores a los recursos que potencialmente pudieran derivarse de aquellas«, subrayan.

Por todo ello, desde mañana se anulan y dan de baja las deudas de liquidaciones practicadas por la Agencia Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros a 1 de marzo de 2019, así como las liquidaciones practicadas por órganos de la Administración General del Estado y organismos autónomos cuya gestión recaudatoria en periodo ejecutivo corresponda a la Agencia Tributaria.

 

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