Para las zonas rurales de Cantabria, reservada a rehabilitar edificios de titularidad pública que se incorporarán al parque público de vivienda en régimen de alquiler
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy las bases reguladoras de las subvenciones a Ayuntamientos y Juntas Vecinales de Cantabria destinadas a financiar inversiones en edificios de titularidad pública para su incorporación al parque público de vivienda en alquiler de la Comunidad Autónoma de Cantabria y otros usos.
Una ayuda que ya anunció la presidenta, María José Sáenz de Buruaga, este domingo, durante la celebración del Día de Cantabria en Cabezón de la Sal, donde la política de vivienda tuvo un lugar destacado en su intervención.
Así habló de la bajada de impuestos en la transmisión de vivienda habitual del 10 al 7%; de la modificación de la Ley del Suelo para permitir y flexibilizar la construcción de la vivienda unifamiliar en suelo rústico; incentivos a la compra de la primera vivienda y al alquiler; o políticas públicas para estimular la construcción de viviendas de protección oficial por parte de la iniciativa privada.
Dentro de este paquete de medidas está esta nueva línea de ayudas de 1,5 millones de euros, para las zonas rurales de Cantabria, reservada a rehabilitar edificios de titularidad pública que se incorporarán al parque público de vivienda en régimen de alquiler. “Un impulso de desarrollo en las zonas rurales” que favorecerá fijar población en el medio rural.
La Orden
La Orden que publica hoy el BOC establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos y Juntas Vecinales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la financiación de gastos de inversión que tengan por objeto obras de rehabilitación, reforma, reparación, conservación, mantenimiento y mejora de edificios públicos destinados, al alquiler gestionado por la empresa pública GESVICAN, al uso general o al funcionamiento operativo de los servicios municipales, así como los gastos de inversión en las obras de urbanización y reurbanización de su entorno.
La cuantía individualizada de la subvención que recibirá cada beneficiario, que podrá ser del 100% de la obra, será de 50.336 euros por cada Ayuntamiento o Junta Vecinal. El destino de los edificios rehabilitados debe mantenerse al menos durante un plazo de cinco años desde el momento de concesión de la subvención.
En el caso de que el edificio sea incorporado al parque público de vivienda en alquiler, el plazo quedara estipulado en el convenio de colaboración suscrito con Gesvican. Cada Ayuntamiento o Junta Vecinal podrá presentar una única solicitud de subvención, conforme al modelo que se publicará como anexo I a la convocatoria, acompañada de la documentación que se señale en la convocatoria de la subvención. La presentación por cada entidad de más de una solicitud será causa de denegación de todas ellas.