16/09/2024

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Cantabria alarga los días de descanso en Semana Santa: Calendario festivo de 2024

La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria ha hecho público hoy el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma para el próximo año 2024.  Como ya anunció la Presidenta, Mª José Sáenz de Buruaga el pasado Día de Santiago, se fija el 25 de julio como fiesta regional por el arraigo de esta festividad en Santander, Cantabria y el conjunto de España.

De esta forma, dado que el Día de las Instituciones (28 de julio) y la Bien Aparecida (15 de septiembre) caen en domingo, el Gobierno recupera Santiago como fiesta regional.  Además, y dado que la fiesta nacional del 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, también coincide en domingo, la Consejería de Eduardo Arasti ha optado por fijar como festivo en su lugar el 1 de abril, Lunes de Pascua.

De esta manera, se prolonga un día más el descanso de las familias coincidiendo con las vacaciones escolares de Semana Santa, uniendo el lunes 1 de abril al puente de Jueves Santo y Viernes Santo, los días 28 y 29 de marzo.

Estas son las principales novedades recogidas en la Orden por que la se establece el Calendario de Fiestas Laborales para el año 2024 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que acaba de firmar el consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, Eduardo Arasti.

Se declaran, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, los siguientes días festivos:

1 de enero, Año Nuevo (lunes)

6 de enero, Epifanía del Señor (sábado)

28 de marzo, Jueves Santo

29 de marzo, Viernes Santo

1 de abril, Lunes de Pascua

1 de mayo, Fiesta del Trabajo (miércoles)

25 de julio, Santiago Apóstol (jueves)

15 de agosto, Asunción de la Virgen (jueves)

15 de septiembre, La Bien Aparecida (domingo)

12 de octubre, Fiesta Nacional de España (sábado)

1 de noviembre, Todos los Santos (viernes)

6 de diciembre, Día de la Constitución Española (viernes)

25 de diciembre, Natividad del Señor (miércoles)

Este calendario recoge las fechas nacionales y regionales, a las que hay que añadir los dos festivos municipales que se aprueban en Pleno por cada uno de los ayuntamientos y que deberán ser remitidos a la Dirección General de Trabajo en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la citada Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.

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