DESDE 2025, SANCIONES LEVES: DE 250 A 1.500 EUROS; GRAVES: DE 1.501 A 15.000 EUROS; MUY GRAVES: DE 15.001 A 75.000 EUROS
La nueva Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que entrará en vigor en 2025, incrementará en un 150% las sanciones pecuniarias previstas en la Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria. Tras la entrada en vigor de la norma, las infracciones leves implicarán multa de entre 250 y 1.500 euros; las graves, de entre 1.501 y 15.000 euros, y las infracciones muy graves conllevarán multa de entre 15.001 y 75.000 euros.
La principal infracción clasificada como muy grave es la oferta y/o realización de una actividad turística sin haber presentado la declaración responsable o sin haber obtenido la autorización administrativa. También será infracción muy grave si, aun habiendo presentado dicha declaración, existieran inexactitudes, falsedades u omisiones de carácter esencial en la misma o en la documentación que se acompañe.
Del mismo modo, será infracción muy grave el incumplimiento sustancial de la normativa sobre prevención de incendios en establecimientos turísticos, por ejemplo, en materia de instalaciones de protección contra incendios. Esto es existencia de vías de evacuación, extintores y correcta ubicación, mantenimiento, señalización, etc.
Serán objeto de regulación las actividades de alojamiento hotelero y extrahotelero, incluidas las viviendas de uso turístico, las empresas turísticas dedicadas a la intermediación turística y al turismo activo, la restauración y, también, las áreas de servicio para autocaravanas. Con esta nueva norma, el Gobierno recoge dos de las exigencias más importantes para el sector en la lucha contra las viviendas de uso turístico ilegales: aumentarán las sanciones y también los inspectores.