«Actúa consciente plenamente de lo que hacía y de la gravedad de lo que llevaba a cabo» (Octubre de 2021)
La Sala de lo Penal que confirma la condena a 23 años de prisión por un delito de asesinato a un hombre que mató a su madre en su casa de la calle Calvo Sotelo de Santander en octubre de 2021. El tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que confirmó la dictada por un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Santander. En su recurso sostenía que no concurría la circunstancia agravante de ensañamiento y reclamaba la aplicación de una eximente o atenuante por sufrir un trastorno de la personalidad o psicopatía.
La Sala rechaza sus alegaciones y explica que el condenado, según concluyó el jurado y validó el TSJ, “actúa consciente plenamente de lo que hacía y de la gravedad de lo que llevaba a cabo”. Señala que “el “factum” describe a la perfección la existencia de un modus operandi descriptivo tendente a causar más daño y dolor a la víctima. No se trató solo de matarla, sino de hacerla sufrir “además”, que es la esencia y naturaleza de la agravante de ensañamiento”. Añade en su sentencia que no consta en los hechos probados, ni en la prueba valorada por el Tribunal y revisada por el TSJ “una consideración grave del trastorno de la personalidad asociado a otra patología, o, incluso, una afectación directísima entre el hecho delictivo cometido y el trastorno del que con un vínculo directo de causalidad se relacione el trastorno de la personalidad, la anulación o limitación de la conciencia y voluntad del sujeto y una relación en nexo causal entre el trastorno y el ilícito penal cometido asociado con una patología grave que hubiera tenido un factor «habilitante» para que se cometiera este delito con ese vínculo de causalidad asociado al trastorno de la personalidad”.