La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha confirmado la absolución de un monitor de multideporte que fue juzgado por tocamientos a una menor de edad. En una sentencia que no es firme y contra la que cabe recurso de casación ante el Supremo, el tribunal de apelación desestima los recursos presentados por el padre de la menor y por el ministerio fiscal, que solicitó que se revocara la sentencia y se celebrara una nueva vista.
La acusación particular alegó que no se había tenido en cuenta el testimonio de la niña, otros de referencia y el informe pericial de la Guardia Civil, y la fiscalía, en la misma línea, recordaba que además de la prueba preconstituida de la menor existían otras pruebas de cargo no valoradas. Pero la Sala responde a los recursos señalando que “la prueba está correctamente valorada” y que “no existió prueba de cargo suficiente para condenar al acusado”.
En cuanto a la pericial, de la misma se desprende que “el relato (de la menor) no se obtuvo de manera libre y fue muy breve”. “Los recursos defienden que existe un relato de la menor, por breve que sea, y un lenguaje gestual, pero esto no basta para una condena; se hace preciso la existencia de un contenido incriminatorio suficiente que no se alcanza por gestos aislados acompañados por un relato mayoritariamente evasivo”, señala la Sala.
En definitiva, el tribunal desestima el recurso y confirma el pronunciamiento absolutorio “dada la inexistencia de pruebas de cargo sólidas y concluyentes que justifiquen la culpabilidad del acusado y la imposición de una pena de prisión”.